Juan Antonio Vega Martínez
Director Relaciones Institucionales de UMAS, Unión Mutua Asistencial de Seguros a Prima Fija
Los centros residenciales de mayores de titularidad privada han proliferado en las últimas décadas debido al envejecimiento de la población y la necesidad creciente de servicios especializados para personas mayores. Estos centros tienen la responsabilidad de proporcionar cuidados adecuados en todos los aspectos de la vida de los residentes, desde la atención médica hasta el bienestar social y emocional. No obstante, cuando estos centros no cumplen con sus obligaciones legales, surgen situaciones que pueden acarrear consecuencias legales tanto en el ámbito civil como penal. En este sentido, es fundamental analizar la responsabilidad jurídica de los centros residenciales.

La responsabilidad jurídica de los centros residenciales está regulada, entre otros, por el ordenamiento jurídico y la normativa aplicable a la protección de los derechos de los mayores.
La responsabilidad de estos centros puede derivarse de múltiples situaciones que afecten a los residentes, tales como negligencias en el cuidado, maltrato, incumplimiento de normas de seguridad, entre otros. En este sentido, es necesario distinguir entre la responsabilidad civil y la penal, ya que ambas se fundamentan en principios diferentes, aunque a menudo se solapan en situaciones concretas.
Responsabilidad civil en los centros residenciales para mayores
La responsabilidad civil se entiende como la obligación de reparar los daños causados a otra persona como consecuencia de una acción u omisión. En el caso de los centros residenciales de mayores, esta responsabilidad puede derivar, entre otros, de la actuación de los trabajadores, la prestación inadecuada de los servicios, el funcionamiento deficiente de las instalaciones, así como la negligencia o el incumplimiento de la normativa vigente.
Los daños pueden ser físicos, psicológicos o patrimoniales, y la responsabilidad recae principalmente sobre la persona jurídica titular del centro, es decir, la empresa o entidad que gestiona el mismo. No obstante, también se puede extender a los responsables directos de los hechos que causan el daño, como los cuidadores, médicos, o directores y administradores del centro.
Responsabilidad Civil Patronal
Por su importancia, se hace mención a este tipo de responsabilidad, la cual hace referencia a la obligación que recae sobre los empleadores respecto a sus trabajadores. Escrucial no subestimar las posibles implicaciones legales a las que se puede enfrentar la residencia de mayores en caso de no cumplir con sus deberes.
Para evitar contingencias, es esencial contar con un plan adecuado de prevención de riesgos laborales y asegurar su cumplimiento. Además, se debe proporcionar formación continua a todos los empleados, no solo en relación con sus funciones específicas, sino también en el uso correcto de los medios y equipos necesarios para realizar su trabajo de forma segura.
Es crucial no subestimar las posibles implicaciones legales a las que se puede enfrentar la residencia de mayores en caso de no cumplir con sus deberes
El empleador debe, por ejemplo y entre otros, asegurarse de que los trabajadores cuenten con los materiales y herramientas apropiadas para desarrollar sus tareas. La falta de provisión de equipo adecuado puede acarrear sanciones económicas sustanciales por incumplimiento de las normativas de seguridad e higiene laboral. Asimismo, en caso de que un trabajador sufra una lesión debido a la ausencia de medidas de prevención, el empleador podría enfrentarse a demandas por responsabilidad civil.
El contrato de prestación de servicios y el deber de cuidado
Los centros residenciales privados se rigen, en primer lugar, por un contrato de prestación de servicios que establece la obligación del centro de garantizar la atención, cuidados y protección de los residentes. Este contrato puede ser explícito, firmado entre el centro y el residente o sus familiares, o implícito, derivado de la aceptación del servicio por parte del residente.
El contrato, aunque no siempre esté formalizado, conlleva una serie de obligaciones por parte del centro, como la prestación de cuidados de acuerdo con los estándares de calidad, la seguridad, la dignidad y la protección integral de los residentes. Cuando elcentro incumple este deber de cuidado, ya sea por negligencia, falta de recursos o malas prácticas, se incurre en unaresponsabilidad civil que puede ser exigida por los residentes o sus familiares.
Dos tipos de responsabilidad civil en los centros
Responsabilidad contractual
La responsabilidad contractual surge cuando el centro incumple las obligaciones pactadas en el contrato de prestación de servicios. En este sentido, se considera que el centro ha vulnerado lo pactado con el residente o sus familiares, lo que ocasiona un perjuicio. Por ejemplo, si el centro no proporciona la atención médica adecuada, no respeta la alimentación especial prescrita o no cumple con las condiciones mínimas de habitabilidad, estaría incurriendo en responsabilidad contractual.
En este caso, el residente o sus familiares pueden demandar al centro con el objetivo de obtener una compensación económica por los daños sufridos. La cuantificación de la indemnización se realizará en función de los daños materiales, psicológicos o físicos causados.
Responsabilidad extracontractual
En los casos en que no exista un contrato expreso o cuando el centro incurra en conductas negligentes o ilícitas sin que se haya dado un acuerdo formal, puede haber una responsabilidad extracontractual. Esta responsabilidad se basa en el hecho de que el centro ha causado un daño a la persona sin que exista una relación contractual formalizada. Este tipo de responsabilidad civil es común en los casos de negligencia grave o maltrato, cuando el centro no actúa con la diligencia requerida en su actividad.
Ejemplos de responsabilidad extracontractual incluyen la desatención de los residentes, el uso inadecuado de medicamentos, el abandono de personas mayores con movilidad reducida o la falta de respuesta ante situaciones de emergencia.
En este contexto, los centros tienen la obligación de garantizar que sus empleados, como enfermeros, auxiliares o cuidadores, actúen con la debida diligencia. Si se produce un daño por negligencia, imprudencia o mala praxis de los empleados del centro, este puede ser responsable civilmente frente a la víctima o sus familiares.
La negligencia como causa de responsabilidad
La negligencia en los cuidados de los residentes puede ser uno de los principales motivos por los cuales un centro de mayores incurre en responsabilidad civil. Para que exista responsabilidad por negligencia, deben cumplirse los siguientes requisitos:
– Deber de cuidado: El centro tiene el deber de proporcionar una atención adecuada a las personas mayores, tanto en lo relativo a la salud física como psicológica, y garantizar su seguridad. Si el centro no cumple con su deber de garantizar una atención adecuada o una infraestructura segura, se está incurriendo en una negligencia.
– Daño: La negligencia debe causar un daño al residente, ya sea físico, psicológico o patrimonial.
– Relación de causalidad: Debe existir un vínculo entre la negligencia y el daño causado.
Algunos ejemplos de situaciones que pueden dar lugar a responsabilidad civil por negligencia incluyen:
• No suministrar correctamente los medicamentos a los residentes, lo que puede llevar a complicaciones de salud graves.
• No realizar revisiones periódicas a los residentes para detectar problemas de salud como úlceras por presión o infecciones.
• Incumplimiento de los protocolos de seguridad, como no garantizar la movilidad segura de los residentes, lo que podría llevar a caídas.
• No proporcionar atención adecuada a residentes con necesidades especiales, como personas con demencia o enfermedades terminales.
Responsabilidad Penal en los Centros Residenciales para Mayores

La responsabilidad penal implica la imposición de sanciones por la comisión de un delito tales como pueden ser la prisión, la multa o la inhabilitación. En el contexto de los centros residenciales para mayores, la responsabilidad penal puede surgir si se cometen actos que violen las leyes penales, tales como el maltrato físico o psicológico a los residentes, la desatención grave, o incluso la comisión de delitos como el abandono o la estafa.
La falta de provisión de equipo adecuado puede acarrear sanciones económicas sustanciales por incumplimiento de las normativas de seguridad e higiene laboral
A continuación, se enumeran tipos de delitos que pueden generar responsabilidad penal y por ende derivadas de actos dolosos que implican consciencia e intención voluntaria y se convierten en acciones éticas y moralmente repudiables.
Delitos por responsabilidad penal
• Maltrato de personas mayores: El maltrato en instituciones residenciales puede adoptar muchas formas, desde el abuso físico y psicológico hasta la negligencia grave. Este tipo de conducta está tipificado en el Código Penal español (artículo 173). El maltrato no solo puede generar responsabilidad penal directa para los empleados del centro, sino también para la dirección si se demuestra que hubo una omisión en la supervisión adecuada o un encubrimiento.
• Abandono de personas mayores: Si los residentes de un centro son dejados sin atención adecuada, especialmente en casos en los que esto cause un daño directo, el responsable del centro puede incurrir en un delito de abandono. El Código Penal (artículo 226) establece penas para quienes abandonen a personas en situación de vulnerabilidad, como las personas mayores.
• Estafa o apropiación indebida: Algunos centros residenciales de mayores pueden verse involucrados en casos de fraude o estafa si se aprovechan de la situación de vulnerabilidad de los residentes para despojarles de su dinero o bienes.
Resulta importante tener en cuenta que los centros residenciales, como personas jurídicas, también pueden ser responsables penalmente. Esto significa que, si bien las sanciones recaerán principalmente sobre los responsables directos (empleados, directivos o administradores), en determinadas circunstancias, la institución misma puede ser objeto de responsabilidad penal si se demuestra que su estructura organizativa o las políticas internas contribuyeron a la comisión de un delito.
La Prevención de la Responsabilidad
Tanto en el ámbito civil como penal, la prevención es clave. Los centros residenciales deben implementar medidas para evitar situaciones que puedan dar lugar a responsabilidades. Esto incluye, entre otros:
– Establecer protocolos rigurosos de atención y seguimiento de los residentes.
– Capacitar adecuadamente a los trabajadores y garantizar una supervisión constante.
– Asegurar que las instalaciones cumplan con todos los requisitos de seguridad y accesibilidad.
– Fomentar una cultura de respeto y dignidad hacia los residentes.
Transferencia de riesgos
Es conocido que las residencias de mayores están sometidas, cada vez más, a importantes normativas y regulaciones administrativas y que su actividad diaria, como hemos podido ver, conlleva la existencia de importantes riesgos que hacen necesaria una adecuada protección frente a posibles contingencias.
Tanto en el ámbito civil como penal, la prevención es clave. Los centros residenciales deben implementar medidas para evitar situaciones que puedan dar lugar a responsabilidades
Disponer de una entidad aseguradora con productos especializados adaptados a las particularidades de cada una de las residencias y centros de día, permitirán a éstas mitigar los impactos económicos derivados de imprevistos, garantizar la continuidad de su actividad, así como la protección de los residentes, trabajadores, directores y administradores frente a riesgos no controlables directamente.