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La Comunidad de Madrid incrementa el precio de concierto de las plazas residenciales de 54,51 euros diarios a 74,88

La Comunidad de Madrid está ultimando con las patronales del sector y los sindicatos el nuevo Acuerdo Marco que fijará las condiciones de la atención que se presta en residencias financiadas, de manera parcial o total, por el Gobierno madrileño. Este nuevo texto, que sustituirá al vigente desde 2017 y sumará 58 millones de euros anuales extra a esta partida, permitirá aumentar el precio de la plaza de los 54,51 euros por día actuales a los 74,88, lo que supone un incremento del 37,4 %.

Así lo ha señalado hoy el consejero de Políticas Sociales, Familias, Igualdad y Natalidad de la Comunidad de Madrid, Javier Luengo, durante su intervención ante el Pleno de la Asamblea, donde ha desgranado algunas de las características principales de este nuevo modelo, “que va a suponer una mejora sustancial en la calidad de los servicios que reciben nuestros mayores y un paso decisivo hacia el modelo de atención social centrada en la persona que estamos implantando”.

Incremento del precio de concierto

Las condiciones fijadas establecen las características (régimen económico, criterios de adjudicación, prescripciones técnicas, etc.) de los contratos de servicios que licite el Ejecutivo regional para el mantenimiento de plazas públicas en las residencias de mayores de la región. Unas plazas cuyo precio pasará de los 54,51 euros diarios del acuerdo marco vigente a los 74,88 euros al día del nuevo, lo que supone un incremento del 37,4%.

La consecuencia inmediata de esos casi 20 euros diarios más por plaza será un incremento de cinco puntos en el ratio de personal de atención directa (en el que se incluyen médicos, enfermeros, gerocultores, fisioterapeutas, terapeutas ocupacionales, trabajadores sociales o psicólogos), que pasa de 0,42 a 0,47 por residente. Se fijarán, además, ratios para gerocultores (0,33) y para la suma de todos los profesionales encargados de la limpieza, manutención y mantenimiento (0,15), que hasta ahora no estaban determinados.

Más recursos materiales, de personal y formación

Otra de las grandes novedades de este texto es que, por primera vez, los criterios de calidad en la atención van a primar sobre la oferta económica en la adjudicación de los contratos. Aspectos como el desarrollo de talleres de terapia recreativa (ludoterapia, jardinoterapia…); la contratación de fisioterapeutas o animadores socioculturales; la existencia de planes de formación continuada para todos los trabajadores, o la disponibilidad de mayor número de habitaciones individuales son algunos de los criterios de calidad que se podrán valorar con hasta 51 puntos, dejando el peso de la oferta económica en un máximo de 49 puntos frente a los 70 que establecía el acuerdo vigente.

Para incrementar las garantías de buen servicio a los usuarios, el nuevo texto endurecerá el régimen sancionador ante posibles incumplimientos –por ejemplo, los problemas de limpieza en habitaciones, ropa y demás espacios pasan a ser considerados faltas graves en lugar de leves- y ampliará los supuestos que permiten a la Administración rescindir los contratos con los adjudicatarios. Así, entre estas causas estará la imposición de tres penalidades muy graves en un año o cinco muy graves o graves a lo largo de la ejecución del contrato, o el incumplimiento de los compromisos de calidad en la atención ofertados en la licitación.

Comisión de menús

El nuevo modelo también incorporará novedades para mejorar la manutención de los residentes, que deberán disfrutar de menús variados en los que primen los productos frescos y de temporada que aseguren una dieta equilibrada. Para fomentar la participación y la adquisición de buenos hábitos nutricionales entre los residentes, los centros deberán crear una Comisión de menús, que estará integrada por los responsables de la elaboración de estos menús y por tres mayores residentes o familiares de los mismos. Esta comisión garantizará la participación de los residentes en el diseño de los menús y se reunirá, al menos, una vez al mes para aportar sus sugerencias, propuestas de mejora y opiniones recabadas del resto de usuarios.

Subcontratación solo para enfermería

El acuerdo también señala que los adjudicatarios solo podrán subcontratar con terceros la realización de prestaciones accesorias al contrato (limpieza, cocina, lavandería…) y en ningún caso se podrá subcontratar personal de atención directa salvo profesionales de enfermería. 

 

REDACCIÓN BALANCE

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