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Derechos Sociales mejora las prestaciones del Sistema de Dependencia que beneficiará, al menos, a 750.000 personas

El Consejo de Ministros aprobó el martes la reforma del Real Decreto 1051/2013, impulsada por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, que mejora las prestaciones del Sistema de Atención a la Dependencia, que beneficiarán, al menos, a 750.000 personas.

“Llevamos tres años alcanzando una financiación récord y, solo en 2023, estamos destinando más de 4.600 millones de euros, más del doble de lo que había invertido cualquier Gobierno anterior hasta nuestra llegada. Este aumento de la inversión ha ido acompañado de un Plan de Choque que hemos acordado con los agentes sociales y las comunidades autónomas y que ha implicado compromisos para reducir las listas de espera, mejorar las condiciones de las trabajadoras y mejorar las prestaciones”, ha explicado la ministra Ione Belarra en unas declaraciones difundidas a medios de comunicación.

La reforma, que fue consensuada con los gobiernos autonómicos en el marco del Consejo Territorial el pasado diciembre de 2022, culmina el proceso de reversión de los recortes al Sistema de Dependencia de 2012.

Lista de espera

Estos avances en materia de dependencia han propiciado una reducción sustancial, tanto en las listas de espera, como en los tiempos de gestión de las prestaciones y servicios. Desde enero de 2021, el número total de personas atendidas por el Sistema se ha incrementado en 256.065 (un 23,6 % más) hasta un total de 1.340.272 personas. Por otro lado, la lista de espera se ha reducido en 89.069 personas (un 28,6 % menos). Así, se ha conseguido que las personas esperando a ser atendidas supongan apenas un 10,8 % respecto a las atendidas.

En el mismo periodo, el tiempo total medio de tramitación de una prestación por parte del Sistema de Atención a la Dependencia se ha reducido en 129 días (un 28,2 %), pasando a estar ya en 328 días, por debajo del año.

La reforma no ha sido el único asunto aprobado esta semana por el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, sino que también se han acometido avances para las personas con discapacidad y se impulsan los criterios sociales en la contratación pública.

Reforma del RD 1051/2013

Gracias a esta reforma, se recuperan y mejoran los tres tipos de prestaciones económicas en dependencia que existe en nuestro país: las de cuidados en el entorno familiar, las vinculadas al servicio y las de asistencia personal.

En cuanto a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar se incrementan un 17,65 %, por lo que se absorbe y supera el recorte del 14,9 % de 2012. Esta medida afecta a 540.000 personas que verán incrementadas sus prestaciones.

 

 

 

Grado

PE  Cuidados  en  el  Entorno

Familiar

Cuantía máxima (mensual)

Actual

Nueva 2023

Grado I

153,00

180,00

Grado II

268,79

315,90

Grado III

387,64

455,40

Las prestaciones económicas vinculadas al servicio se incrementan con carácter general un 4,5%. Además, en el caso de la prestación económica vinculada al servicio de atención residencial, se equipara la cuantía máxima del grado II a la que corresponde al grado III y en la prestación económica vinculada al servicio de centro de día, se iguala la cuantía máxima del grado I a la que corresponde al grado II.

Esta fórmula que iguala los importes máximos considerando el servicio recibido tiene su explicación en que los precios de dichos servicios son iguales o muy similares con independencia del grado que presente la persona en situación de dependencia. Esta medida afecta a casi 200.000 personas que verán incrementadas sus prestaciones.

 

 

 

Grado

PE Vinculada al Servicio

Cuantía máxima (mensual)

 

Actual

Nueva general

 

Nueva SAR

 

Nueva SCD

Grado I

300,00

313,50

313,50

445,30

Grado II

426,12

445,30

747,25

445,30

Grado III

715,07

747,25

747,25

747,25

Por último, las prestaciones económicas para asistencia personal se incrementan en un 4,5 %, igual que las prestaciones económicas vinculadas al servicio, pero la cuantía del grado II se iguala a la correspondiente al grado III. El razonamiento, al igual que en la prestación vinculada al servicio de atención residencial, es mantener la equivalencia entre ambos servicios derivados de la prestación económica.

Esta medida afecta a casi 10.000 personas que verán incrementadas sus prestaciones para asistencia personal.

 

 

 

Grado

PE Asistencia Personal

Cuantía máxima (mensual)

Actual

Nueva 2023

Grado I

300,00

313,50

Grado II

426,12

747,25

Grado III

715,07

747,25

La reforma también establece cuantías mínimas que hasta ahora no estaban contempladas en la normativa estatal. Esto suponía que, al aplicar las reducciones previstas en la normativa de cada comunidad autónoma a las cuantías máximas, la cuantía resultante para la prestación económica puede ser muy reducida, incluso cercana a cero euros.

Hay más de 60.000 personas con prestación económica que reciben menos de 100 euros al mes y de estas, cerca de la mitad recibe menos de 50 euros al mes.

Se propone establecer las siguientes cuantías mínimas a percibir para cada grado y tipo de prestación económica:

 

Tipo prestación             Grado        Cuantía (€)

 

PE Cuidados

Familiares

Grado I

100

Grado II

150

Grado III

200

 

PE Vinculada al

Servicio

Grado I

100

Grado II

150

Grado III

200

 

PE Asistencia

Personal

Grado I

100

Grado II

150

Grado III

200

Se recuperará también la intensidad horaria de la ayuda a domicilio, puesto que en la actualidad las intensidades en muchos casos no ofrecen una respuesta suficiente a las personas en situación de dependencia.

Se plantea incrementar las intensidades mínimas horarias actuales para equipararlas al menos las que había con las resoluciones de grado-nivel previas a los recortes de

La provisión del servicio de ayuda a domicilio es especialmente compleja y más si se tiene en cuenta que recae en la mayoría de las ocasiones -desde la lógica de la proximidad- en entidades locales y que las “horas disponibles” dependen de una enorme multiplicidad de contratos. No resultaría conveniente entonces realizar un incremento automático de horas de prestación del servicio en los casos actualmente atendidos ya que podría existir imposibilidad de provisión.

Es por ello que la medida se aplicará de manera progresiva de forma que las nuevas intensidades horarias del serán de aplicación a los casos que entren en el sistema con Programa Individual de Atención del Servicio de Ayuda a Domicilio (PIA de SAD) a partir de la entrada en vigor del nuevo Real Decreto.

Para los casos con PIA de SAD anteriores se plantea mantener la intensidad prevista salvo revisión del caso y siempre con la conformidad expresa de la persona dependiente de manera que en ningún caso se obligue a disponer de más horas del Servicio de Ayuda a Domicilio si la persona no lo desea.

Se ha estimado que esta medida (nuevas incorporaciones al Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia) afectaría a unas 30.000 personas al finalizar 2023.

 

 

Intensidades de la ayuda a domicilio

Intensidades actuales

Intensidades 2023

Grado I

Máximo 20 horas

De 20 a 37 horas

Grado II

De 21 a 45 horas

De 38 a 64 horas

Grado III

De 46 a 70 horas

De 65 a 94 horas

Por último, la reforma introduce una serie de mejoras técnicas y el impulso de los cuidados en el entorno. En este sentido, se dota de cierta flexibilidad en el acceso a las prestaciones económicas para cuidados en el entorno familiar (PECEF) para que quienes la reciban puedan hacerlo cuando la persona cuidadora principal no sea familiar directo de la persona dependiente, algo que afecta especialmente a medios rurales.

Por otra parte, si la PECEF es ampliada por la comunidad autónoma (con su nivel adicional de financiación) y lleva aparejada una contratación regularizada de apoyos en el domicilio de trabajadoras de servicio doméstico, esta PECEF se podría considerar como “servicio”. Finalmente, el RD consagra que no se pueda prestar teleasistencia con carácter de único servicio a personas con grado I de dependencia. Se evita así la tentación de resolver dichos expedientes con teleasistencias de bajo coste.

Lengua de signos española

El Consejo de Ministros también ha aprobado el Real Decreto por el que se crea el Reglamento de las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral para las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, que da respuesta a una demanda histórica de la comunidad sorda de hacer realidad el reconocimiento legal de su lengua natural, alineándose con otros países del entorno comunitario.

Este Real Decreto nace un consenso de todas las organizaciones de personas sordas y sordociegas y sus familias y cuenta con el apoyo del moviendo CERMI. Su elaboración ha sido consensuada con los departamentos afectados del gobierno.

Se trata de un desarrollo reglamentario fundamental para mejorar la vida de las personas sordas, con discapacidad auditiva y sordociegas, dado que se garantiza la libre elección de lengua entre el uso de la lengua de signos española y la lengua ora la través de los medios de apoyo a la comunicación oral, así como a través de la regulación expresa de nuevos ámbitos en los que se determinan las condiciones de utilización de la lengua de signos española y de los medios de apoyo a la comunicación oral en un ejercicio de actualización del contenido de la Ley 27/2007, de 23 de octubre. También adapta la legislación española a la Convención Internacional sobre los derechos de las personas con discapacidad, siguiendo las recomendaciones del Comité de Naciones Unidas de 2019.

II Plan Nacional de Accesibilidad Universal 2023-2032

El II Plan Nacional de Accesibilidad Universal 2023-2032 reconoce que la accesibilidad universal es una condición que deben cumplir todos los entornos, productos, bienes y servicios para que puedan ser utilizados y disfrutados por todas las personas. Cuestiones como la discapacidad, la necesidad de grandes apoyos, la edad, el género o residir en una zona rural, combinadas, agudizan las desigualdades existentes y exponen a las personas a una situación de mayor vulnerabilidad.

Su elaboración y aprobación viene mandatada por la Ley 6/2022, de 31 de marzo, de modificación del Texto Refundido de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2013, de 29 de noviembre, para establecer y regular la accesibilidad cognitiva y sus condiciones de exigencia y aplicación.

El Plan se despliega en seis ejes estratégicos, cada uno de los cuales se destina a un ámbito temático diferenciado:

  1. Apuesta firme y visibilización de la accesibilidad universal en el Gobierno de España.
  2. Organización y sistematización de la gestión transversal de la accesibilidad universal en la AGE.
  3. Promoción de la gobernanza multinivel en la Administración pública.
  4. Reforzar el marco normativo en materia de accesibilidad universal e impulsar su cumplimiento.
  5. Fomentar la innovación y la gestión del conocimiento en materia de accesibilidad universal.
  6. Avanzar en la implantación efectiva de la accesibilidad universal en entornos, productos, bienes y servicios.

Por su amplio espectro de actuación, no sólo favorecerá a las personas con discapacidad sino a todas aquellas personas cuyas circunstancias vitales, transitorias o permanentes, puedan verse beneficiadas de entornos más accesibles. Tal es el caso de las personas con alguna limitación funcional, como pueden ser mayores, infancia, mujeres embarazadas, personas con lesiones temporales, extranjeros, personas que porten carritos de bebé o maletas, etc.

Al tratarse de un periodo temporal muy extenso, el Plan contará con un seguimiento trienal que sirva para evaluar el progreso en la implementación de las medidas recogidas. Su presupuesto asignado alcanza los 93.467.014,51€.

Comisión Interministerial para la incorporación de criterios sociales en la contratación pública

La creación, por primera vez, de la comisión interministerial propiciará el impulso de la contratación pública socialmente responsable. Dicha comisión la conformarán representantes de todos los departamentos ministeriales y de determinados organismos autónomos, del Consejo Económico y Social y de la sociedad civil, provenientes tanto del Consejo Nacional de la Discapacidad como de la Comisión para el Diálogo Civil y de los sindicatos más representativos, a nivel estatal, dentro de la Administración General del Estado.

 

REDACCIÓN BALANCE

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