CEOE rechaza «por unanimidad» la propuesta de la reducción legal de la jornada laboral

CEOE y CEPYME. Reducir la jornada laboral.
CEOE y CEPYME. Reducir la jornada laboral.

El Comité Ejecutivo extraordinario de la CEOE, que mantuvo una reunión este martes 5 de reducción , ha desestimado de manera unánime la propuesta del Ministerio de Trabajo para reducir la jornada laboral.

Tras enfocar sus esfuerzos principalmente en la cooperación mediante las empresas y el diálogo social para brindar apoyo humano y financiero a las víctimas de la DANA, ha tratado la propuesta legislativa del Gobierno, considerando el plazo establecido por el Ministerio en la mesa de negociación.

«La conclusión es que CEOE y CEPYME, desde la responsabilidad, no pueden apoyar dicha propuesta. Modificar por ley cuestiones que son materia propia de los convenios colectivos, como la reducción de jornada, y que, de hecho, ya se están pactando de forma bilateral en los convenios, supone una intromisión en la autonomía de la negociación colectiva, consagrada en el artículo 37.1 de la Constitución *», apuntan.

Reorganización forzada

Además, añaden que «reducir la jornada laboral no hace sino debilitar el marco de negociación colectiva, fundamental para mantener la paz social durante los últimos 40 años y, en la práctica, aboca a muchas empresas, especialmente a pymes y autónomos, a una reorganización forzada que pondrá al límite su capacidad de organización interna y su supervivencia». Aquí analizamos el impacto que supondría en el sector.

CEOE y CEPYME confirman que es complicado «incrementar la productividad con la reducción de jornada en un tejido productivo de 98% pymes y autónomos, y donde los sectores con mayor aportación al PIB se vinculan, entre otros, a los servicios o el turismo».

«Por otro lado, adoptar medidas como esta, con carácter general, tiene poco sentido si se tiene en cuenta las enormes diferencias existentes entre los distintos sectores económicos y entre comunidades autónomas», sentencian.

*Artículo 37.1: “La ley garantizará el derecho a la negociación colectiva laboral entre los representantes de los trabajadores y empresarios, así como la fuerza vinculante de los convenios”.

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